Servini cursa una nueva comisión rogatoria para tomar declaración a Martín Villa en los tribunales españoles en octubre
Los hechos por los que se imputan delitos de homicidio agravado en un contexto de crímenes contra la humanidad a Martín Villa por parte del Juzgado argentino son varios, entre los que destaca la masacre del 3 de Marzo de 1976 en Gasteiz.
La Jueza titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Buenos Aires, en la causa 4591/2010 (conocida como Querella Argentina), por medio de resolución de fecha 23 de abril de 2018, acordó librar comisión rogatoria a las autoridades españolas para poder tomar declaración indagatoria al ex ministro Rodolfo Martín Villa, uno de los responsables políticos de la masacre del 3 de Marzo en Gasteiz, en su presencia.
Dicha comisión rogatoria fue recepcionada por el Ministerio de Justicia en el mes de julio pasado y ha sido remitida al Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, con el número 25/2018. La Jueza Servini indicó en su resolución de abril de 2018 que se trasladaría al Estado español para tomar declaración a Martín Villa entre el 21 y 27 de octubre del año en curso. Desde la Coordinadora Estatal para la Querella Argentina desconocen el estado exacto que mantiene actualmente la comisión rogatoria.
La Jueza Servini dictó en el año 2014 orden de detención internacional con fines de extradición contra Martín Villa. La solicitud de extradición fue rechazada por acuerdo del Consejo de Ministros el 13 de marzo de 2015 y como consecuencia de la denegación de la extradición, posteriormente, la jueza cursó una primera comisión rogatoria para tomar declaración indagatoria a Martín Villa en los Tribunales españoles, siendo rechazado este primer pedido por el Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid en el mes de octubre de 2016.
Martín Villa ha expresado en la propia causa argentina, en reiteradas ocasiones, que es de su interés poder prestar declaración ante la Jueza Servini al objeto de no serle generada indefensión.
Los hechos por los que se imputan delitos de homicidio agravado en un contexto de crímenes contra la humanidad a Martín Villa por parte del Juzgado argentino son los siguientes:
- Masacre del 3 de Marzo de 1976 sucedida en Gasteiz, siendo Ministro de Relaciones Sindicales.
- Muerte de Rafael Gómez Jáuregui el 12 de mayo de 1977 en Rentería; de José Luis Cano Pérez el 14 de mayo de 1977 en Iruñea; de Francisco Javier Núñez el 15 de mayo de 1977 en Bilbo; de José María Zabala Erasun el 8 de septiembre de 1976 en Hondarribia: de María Norma Menchaca el 9 de julio de 1976 en Santurce; y de Arturo Ruiz García el 23 de enero de 1977 en Madrid. Durante las fechas indicadas anteriormente Martín Villa fue Ministro de la Gobernación/Interior.
“Una actitud bochornosa, impropia de un Estado democrático”
Por todo ello, desde CEAQUA interpelan a los Juzgados y Tribunales españoles para que, “de una vez por todas y de acuerdo con el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal entre España y Argentina, de fecha 3 de marzo de 1987, se proceda a la toma de declaración indagatoria de Martín Villa y se deje de obstaculizar la tramitación de la denominada querella argentina, tal y como ya han sido requeridos desde diferentes instancias internacionales, entre otras, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas”.
“Si los miembros de la judicatura española no están dispuestos a tramitar una causa en la que se investiguen los crímenes internacionales cometidos por la dictadura franquista, al menos, que colaboren con la investigación que está llevando a cabo el Juzgado argentino en aplicación del principio de justicia universal”, añaden.
La posición mantenida hasta la fecha al respecto por los Juzgados españoles la califican como “absolutamente bochornosa, impropia de un Estado democrático, incurriendo en una gravísima ilicitud internacional. Se llega al absurdo de impedir ejercitar adecuadamente su derecho de defensa a un imputado por graves delitos en una causa penal”.
En este sentido, han querido interpelar igualmente a la Fiscalía General del Estado para que deje sin efecto la Circular de fecha 30 de septiembre de 2016 en la que se instruía a las Fiscalías territoriales para que se opusieran a que por parte de los Juzgados y Tribunales españoles cumplimentaran las comisiones rogatorias cursadas desde el Juzgado argentino para la investigación de los crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista.
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