La Audiencia Nacional condena a cuatro años de prisión a Galder Barbado y Aitor Zelaia
También condena a 10 años de inhabilitación y un año de libertad vigilada a cada uno. Los dos jóvenes alaveses han sido condenados como autores de un delito de "depósito de armas y municiones". Las defensas de Barbado y Zelaia pueden recurrir la sentencia ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de prisión a Galder Barbado y a Aitor Zelaia por un delito de “depósito de elementos para la confección de aparatos explosivos e incendiarios”. Además de la pena de prisión, el auto también condena a 10 años de inhabilitación y un año de libertad vigilada a cada uno de los dos jóvenes alaveses.
En la sentencia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal condena a los dos jóvenes como autores de un delito de “depósito de armas y municiones” y de “depósito y tráfico de sustancias y aparatos explosivos y de sus componentes con finalidad terrorista”. El atestado de la Ertzaintza vinculó los materiales encontrados en un bidón en Durana con actos de sabotaje contra Kutxabank registrados en Abetxuko, Agurain e Igorre en 2014, pero durante el juicio el instructor reconoció no tener ninguna prueba de ello, más allá de la sospecha de los agentes. “Era una línea de investigación prometedora, pero luego no se sustentó”, añadió.
Las defensas de Barbado y Zelaia pueden recurrir la sentencia ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional.
La misma sentencia recoge las declaraciones de los dos jóvenes alaveses declarando que comparten los postulados de la Izquierda Abertzale y mostrando su apuesta por las vías exclusivamente pacíficas.
👊Orain inoiz baino gehiago… ZUEKIN GAUDE!
Aitor eta Galder Aske!#ANkerkeriariSTOP pic.twitter.com/8Oa5op7zzz
— ANkerkeriariStop (@ANkerkeriaSTOP) February 2, 2021
La “mochila de kale borroka”
La juez también hace referencia a una mochila incautada a Zelaia en el registro de su domicilio: cabe recordar que el agente de la Ertzaintza que redactó el atestado y declaró en el juicio la presentó como una “mochila de kale borroka”.
La sala, ha dado por buena esa declaración, cuando Zelaia ya declaró que esa bolsa contenía material que se empleó en un turno de seguridad del Hatortxu Rock de finales de 2018. Se trataba de bridas para atar las vallas, guantes, walkies para comunicarse, teléfonos móviles o cinta americana.
Según el agente de la Ertzaintza, el hecho de que aparezca todo este material de manera conjunta «hace sospechar que pueda ser un kit», sin aportar prueba alguna que acredite tal sospecha.
El mismo fiscal del Caso Altsasu y una juez de sobra conocida
La jueza que ha dictado sentencia es bien conocida en Euskal Herria: Ángela Murillo, quién en en marzo de 2017 dijo no creerse el desarme de ETA, vio en el juicio del 18/98 una oportunidad de promoción y se afanó en cumplir todo lo que se esperaba de ella.
El fiscal José Perals, el mismo fiscal del Caso Altsasu, una vez finalizado el juicio mantuvo la petición total de 16 años de cárcel, 14 años de libertad vigilada y otros 30 años de inhabilitación para Barbado y Zelaia. Así lo hizo saber en la segunda y última sesión del juicio, donde la defensa, en pleno 2021, tuvo que explicar que la Audiencia Nacional no puede hacer condena por “terrorismo” si no hay una “organización terrorista”.
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