Prestaciones sociales | Contradicciones en el tratamiento del requisito de patrimonio inmobiliario
Iñaki Uribarri de Argilan-ESK nos trae un nuevo caso de los que han llegado a las oficinas de asesoría de prestaciones sociales. Es el caso de una persona cubana a la que Lanbide le ha suspendido la RGI por tener en su país una vivienda de su propiedad, desde julio 2015, fecha en la que su madre le hizo una “donación en vida”, para evitar el posterior impuesto sobre la herencia (una práctica legal y muy extendida en Cuba) en la que reside ella, y cuyo valor de casi 8.000 CUP (pesos cubanos; 1 CUC, que es un peso convertible, equivalente a un dólar USA, son 24 CUP) suponen 225 € en moneda española. Este caso nos sirve para analizar las contradicciones que tiene la actual RGI en el tratamiento del requisito de patrimonio inmobiliario, el mayor perjuicio que genera a la gente inmigrante, etc.
Además hacemos una aclaración sobre las posibilidades que existe para que familiares que conviven con pensionistas puedan cobrar la RGI. En siguientes colaboraciones seguiremos hablando de este tema.
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Suelta la olla: Prestaciones sociales | Contradicciones en el tratamiento del requisito de patrimonio inmobiliario??:??:??
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