Alquiler de vivienda | Recomendaciones básicas
Hablamos esta semana con la Asociación de personas usuarias y consumidoras vascas EKA. En esta ocasión nos centramos en las recomendaciones básicas y preguntas frecuentes sobre este sector, tan básico para todas las personas como es la vivienda.
José Luis Segura nos responde a numerosas preguntas que tenéis a continuación:
-¿Hay alguna duración mínima o máxima del contrato de alquiler establecida por ley?
-¿Y qué ocurre si, antes de los tres años, el propietario quiere vender el piso, o lo necesita para él…? ¿No puede dar por terminado el alquiler y desalojar al inquilino?
-¿Y si fuera mentira, si fuera un truco para alquilárselo a otra persona subiendo la renta, por ejemplo?
-¿La fianza es opcional o es obligatoria? Si se establece, el propietario debe registrarla en el Gobierno Vasco, ¿verdad?
-La renta… se da por supuesto que es libre… ¿Tiene también, como el contrato o el alquiler en sí, un mínimo legal de duración?
-Averías, reparaciones, perjuicios a la comunidad… Otro asunto que seguramente generará dudas y tal vez discusiones entre arrendador y arrendatario. ¿No es así?
-Los consumos de agua, luz, teléfono, gas… sí que está claro que los paga el inquilino…
-¿Qué situaciones o actuaciones por parte del inquilino podrían dar derecho al arrendador a resolver el contrato y que el arrendatario abandone la vivienda?
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